¡Ya está aqui, ya llegó NEOTEC 2021!

“El programa NEOTEC tiene como objetivo el apoyo a la creación y consolidación de empresas de base tecnológica. Financiación de la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de las tecnologías o conocimientos desarrollados donde la estrategia de negocio se base en el desarrollo de la tecnología”.

Plazo de presentación:

  • Del 17 de mayo de 2021, hasta el 8 de julio de 2021 a las 12:00 hras.

Características de la ayuda:

Subvención.

Empresas mínimo 20.000 € de capitalización, más de seis meses y menos de 3 años desde su constitución.

Presupuesto mínimo financiable 175.000 €.

Hasta el 70% del presupuesto, importe máximo de 250.000 €.

  • Las actuaciones que incluyan la contratación de al menos un doctor; alcance de financiación hasta el 85% de presupuesto elegible; importe máximo de 325.000 €.

Proyectos de 1 o 2 años de duración

  • Proyectos de una anualidad Inicio a partir de enero de 2022, y finalización 31 de diciembre de 2022
  • Proyectos dos anualidades finalización 31 de diciembre de 2023

Objetivos específicos.

  • Nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
  • Se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.
  • Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Sin embargo, no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.
  • Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología ni las que, directa o indirectamente, ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente o las dirigidas a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles.
  • Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.

Gastos elegibles:

Se podrán financiar los siguientes gastos:

  • Inversiones en equipos.
  • Gastos de personal.
  • Materiales.
  • Colaboraciones externas / asesoría.
  • Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario y anualidad.
  • «Activos Inmateriales»: activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual o industrial.
  • Los activos fijos nuevos inmateriales serán admisibles para el calculo de los costes de inversión si cumplen además las siguientes condiciones:

Otras consideraciones:

  • Presupuestos convocatoria:  36.460.000 €
  • No permite generar Informe Motivado.
  • Financiación de la convocatoria: Fondos “Next Generation EU”.

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